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INSTALACION DE CAMARAS DE SEGURIDAD EN BARRIO DE ASCOY

ROSA ROSA  •  11/11/2019  •  Inversiones  • 

Código proyecto de gasto: 98

DEBIDO A LAS OLEADAS DE ROBOS CONTINUOS EN EL BARRIO DE ASCOY, PROPONEMOS LA INSTALACION DE CAMARAS DE SEGURIDAD EN ZONAS ESTRATEGICAS PARA TENER UN CONTROL TANTO DE VEHICULOS COMO DE PERSONAS QUE ACCEDEN A ESTAS ZONAS, CONECTADAS A LA POLICIA, COMO EXISTE EN OTRAS ZONAS DEL MUNICIPIO.

Ubicación: POBLADO, ZONA DE CHALETS, TRIPLEX Y DUPLEX.

Propuesto en nombre de: ASOCIACION DE VECINOS DE ASCOY

Informe de coste

La instalación de cámaras fijas de video vigilancia viene establecida por la LO 4/1997, de 4 de agosto, que regula el uso de videocámaras por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, en base a los preceptos de la mencionada Ley Orgánica, debe entenderse la instalación como…una medida tendente a la prevención en la comisión de hechos delictivos, garantía y seguridad de la ciudadanía, bajo el absoluto respeto a los derechos fundamentales de las personas. Los criterios de autorización para la instalación de cámaras de video vigilancia fijas, deberá tenerse en cuenta conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad, encaminados a los siguientes fines: - Asegurar la protección de los edificios e instalaciones públicas y sus accesos. - Salvaguardar las instalaciones útiles de defensa nacional. - Constatar infracciones a la seguridad ciudadana. - Prevenir la causación de daños a personas y bienes. La LO 4/1997 establece que para la instalación de videocámaras fijas se requiere una autorización que se otorgará previo informe de un órgano colegiado (presidido por un Magistrado); en caso de ser instalaciones por parte de las FCSE y las Corporaciones Locales las autorizará el Delegado del gobierno de la Comunidad Autónoma en cuestión.


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